FINANCIAMIENTO

Los modos de financiamiento para la evaluación y certificación de tus competencias laborales son las siguientes:
  1. Recursos propios de la persona que solicita el servicio.
  2. Con recursos provenientes de la empresa en la que et trabajador se desempeña, los que podrán gozar de la franquicia tributaria¹ según lo establecido en ley Nº 19.518 de SENCE. En este caso, es SENCE quien determina el monto de los gastos de las acciones de evaluación y certificación de competencias laborales que se podrán imputar a la franquicia tributaria. Así, las empresas deben financiar parte del servicio, donde el monto se determina en función de la remuneración del trabajador.
  3. Programa de Becas de SENCE, el que se financia con recursos provenientes de los Organismos Técnicos Intermedios de Capacitación². Estos recursos son destinados a trabajadores de menor calificación y remuneración que se desempeñen para empresas que no sean afiliadas a los organismos técnicos intermedios para capacitación (OTIC), así como a jóvenes y a personas de escasos recursos que se encuentren cesantes o buscando trabajo por primera vez, entre otros, con el objeto de validar sus conocimientos a través de la certificación de las competencias que han adquirido o lo largo de su trayectoria laboral.
  4. Con recursos contemplados en el Programa de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales de SENCE. Este mecanismo funciona a través de procesos de licitación pública, donde se convoca a los Centros de Evaluación y Certificación acreditados por ChileValora a postular en función de la demanda sectorial identificada por SENCE y ChileValora y de los criterios y focos estratégicos previamente establecidos. Los beneficiarios de este programa son todas las personas que deseen reconocer sus competencias laborales, independientemente de la forma en que hayan sido adquiridas y de si tienen o no un título o grado académico otorgado por lo enseñanza formal.
  5. A través de los respectivos presupuestos destinados a capacitación en las entidades pertenecientes al sector público.
  ¹ Es un incentivo tributario que permite a las empresas clasificadas por el SII como contribuyentes de la Primera Categoría de la ley del Impuesto o la Renta, descontar del impuesto a pagar, los montos invertidos en programas de capacitación y/o evaluación y certificación de competencias laborales para trabajadores de la propia empresa, potenciales trabajadores o ex trabajadores, con los alcances, límites y montos que dispone lo ley Nº19.518 ² Los Organismos Técnicos Intermedios para Capacitación (OTIC) son los instituciones que administran parte o todos los recursos que sus empresas afiliadas pueden destinar a capacitación y/o a evaluación y certificación de competencias laborales, gracias a la franquicia tributaria SENCE. Además, sirven de nexo entre la empresa y los Organismos de Capacitación. La adhesión de las empresas a alguno de los OTIC es voluntaria.